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Acciones positivas en el ámbito de la lucha contra la discriminación

2. Protocolo de actuación de

las fuerzas de seguridad

ante los delitos de odio

El Secretario de Estado de Seguridad, Francisco Mar-

tínez, presidió el día el día 15 de diciembre el acto de

presentación del primer Protocolo de Actuación de las

Fuerzas de Seguridad ante los Delitos de Odio.

El Protocolo es un documento que recoge de una for-

ma ordenada y sistemática todos los aspectos que un

agente policial debe conocer y tener en cuenta a la hora

de actuar en un caso de delito de odio, desde las cues-

tiones que se deben de reflejar en los atestados (como

los factores de polarizacion) para que jueces y fisca-

les tengan claro desde el principio a qué se enfrentan,

a cómo se debe atender a la víctima de la forma más

adecuada o la conveniencia de mantener contactos per-

manentes con representantes sociales.

El Secretario de Estado de Seguridad destacó que este

Protocolo dota por primera vez a los cuerpos policiales

de una herramienta de identificación y homogeneiza-

ción del procedimiento policial

Francisco Martínez, subrayó que la protección de las

personas más vulnerables y la lucha contra la discrimina-

ción por delitos de odio, es una prioridad en la que lleva

trabajando el Ministerio del Interior desde el comien-

zo de la legislatura, y este Protocolo va a servir para

construir una gran cadena humana de profesionales de la

comunicación, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,

de las ONGs y de la sociedad en general que ayude a

las víctimas de estos delitos a denunciar y que permita

identificar de forma temprana el discurso del odio que

deriva en violencia física, psicológica y verbal.

Este protocolo se suma al primer Informe sobre la evo-

lución de los delitos de odio en España en 2013 que,

elaborado por la Secretaría de Estado de Seguridad, ha

permitido dar visibilidad a las personas víctimas de este

tipo de delitos, desarrollar políticas de seguridad y de

protección de derechos fundamentales más efectivas y

servir de apoyo a otros ministerios en su labor asistencial.

El Protocolo de Actuación para las Fuerzas y Cuerpos

de Seguridad del Estado revisa el conjunto de conduc-

tas que vulneran el ordenamiento penal y administrativo

e incluye unos indicadores de polarización que recogen

los indicios que deben ser debidamente recopilados e

incorporados al atestado policial con el fin de dotar a

fiscales y jueces de los suficientes indicios racionales

de criminalidad, que permitan formular cargos de impu-

tación y, en su caso, condenas.

Puesto que la llamada doctrina o cultura del odio no es

solo difundida a través de conferencias o discursos ante

un público presencial, sino que muchos grupos crimina-

les, aprovechan Internet y las redes sociales con este fin.

Por ello, el Ministerio del Interior ha incluido un apartado

concreto en el Protocolo de actuación que persigue los

delitos que son cometidos a través de la Red.

Entre las medidas que se están impulsado desde el Mi-

nisterio del Interior para luchar contra esta práctica de-

lictiva destacan, además del , un apartado en la web del

Ministerio del Interior

(http://www.interior.gob.es/es/

web/servicios-al-ciudadano/delitos-de-odio) que faci-

litará información y apoyo a víctimas, familias, amigos y

el entorno general. Igualmente la creación de la figura del

Interlocutor social va a contribuir a que se estrechen los

lazos con la sociedad civil y que, en definitiva, sirva de

puente de comunicación entre los diferentes colectivos

implicados. También se distribuirán folletos en diversos

idiomas para transmitir la información básica y que ser-

virán para concienciar al conjunto de la sociedad.

El Apoyo a las víctimas de los delitos de odio en la

web del Ministerio del Interior, que incluirá información

básica sobre lo que es un delito de odio, por qué hay

que denunciarlo y consejos, así como otros enlaces de

interés, que se complementa con Trípticos informativos

que ayuden a identificar y, en su caso, denunciar este

tipo de delitos ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

del Estado.