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Presentación de los datos desagregados

Presentación de datos

desagregados

En este apartado presentamos los datos desagregados correspondientes a los

194 casos

recogidos durante

el año 2014 por la FSG..

Definiciones sobre la categorización de casos:

1)

Casos Individuales:

cuando la discriminación o el delito de odio se ejerce sobre una persona

concreta, identificada.

2)

Casos Colectivos,

tres sub-categorías:

Caso colectivo en general:

casos que afectan a la imagen de toda la comunidad gitana, o promueven el odio

a toda la comunidad gitana (por ejemplo: malas prácticas de periódicos donde citan la etnia en la noticia, o

frases de odio antigitano en redes sociales, “todos los gitanos son… “).

Caso colectivo indeterminado:

casos que afectan a un grupo concreto de personas gitanas, cuyo número

exacto no se han podido cuantificar (por ejemplo: cuando el caso afecta a un grupo de personas, pero no

sabemos quiénes son ni cuántos son).

Caso colectivo determinado:

caso donde se discrimina a un grupo de personas gitanas, y sabemos cuántos

y quiénes son (por ejemplo: se impide la entrada a una discoteca a 5 chicos gitanos).