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Conclusiones y Recomendaciones
1. Conclusiones Generales para impulsar
la lucha contra la discriminación
Una muestra de actos de antigitanismo hacia la comunidad gitana:
202 casos de discriminación
Un año más volvemos a aproximarnos a la realidad co-
tidiana de la discriminación hacia la comunidad gitana:
hemos recogido casos donde
334 personas
gitanas han
sido víctimas de discriminación, en los
202 casos de
discriminación registrados y asistidos
.
Conviene aclarar que los datos de este Informe no son
una encuesta que intente dar cuenta de todos los casos
reales que ha habido; se trata de una muestra, a partir de
lo que llegamos a detectar en nuestro Departamento,
una muestra de una realidad desgraciadamente mucho
más amplia.
Los
ámbitos más relevantes
en los que hemos detec-
tado los incidentes son medios de comunicación e in-
ternet (33%), empleo (21%) y acceso a bienes y servi-
cios (15%). Llevamos trece informes anuales poniendo
de manifiesto cómo la principal causa de este rechazo
arraigado hacia los gitanos y las gitanas son los prejui-
cios y estereotipos y la falta de conocimiento de esta
minoría. Imagen social negativa a la que contribuyen, en
gran medida, el 33% de casos registrados en el ámbito
de los medios de comunicación e internet, en los que se
menciona la etnia en los sucesos, cuando periodística-
mente no es necesario para la comprensión de la noticia,
lo que contribuye a crear una imagen social negativa de
esta comunidad que promueve el rechazo generalizado.
Respecto al perfil de las víctimas
es importante tener en
cuenta que hemos identificado a 334 personas con un
nivel socioeducativo medio-bajo, un 80% son menores
de 45 años y el 66% se encuentran en el intervalo de 16
a 45 años, además el 43% de las personas afectadas son
mujeres. Ello nos muestra cómo la discriminación afecta
en el día a día a muchas personas jóvenes cuando quie-
ren trabajar, acceder a un bien o servicio, en definitiva,
cuando quieren participar y formar parte de la sociedad
como cualquier otro/a ciudadano/a. Por ello, resaltamos
las consecuencias que tiene este rechazo, que no es
solo la vulneración de los derechos, sino que impide el
acceso a una vida digna.
En cuanto a la
metodología de intervención
, desde la
Fundación Secretariado Gitano desarrollamos una asis-
tencia directa e individualizada., Tras realizar la detec-
ción y primera asistencia, desarrollamos diversas fases
de trabajo en las que es preciso contar con la autoriza-
ción de la persona afectada. Las fases de intervención
se centran en la investigación del hecho a través de tes-
timonios, testigos, documentos, imágenes, testing, etc.
Tras ello diseñamos una intervención que se basa en in-
terlocución, mediación, acciones extrajudiciales (quejas
ante organismos competentes, alegaciones, reuniones),
denuncia en instancias jurídicas y policiales y, en casos
concretos, litigación estratégica.
Del recorrido de nuestro trabajo, consideramos vital
la intervención ante los incidentes discriminatorios; en
nuestra sociedad, rechazar, negar el acceso a derechos,
tratar mal a una persona por el hecho de ser gitano/a,
ha sido un comportamiento escasamente reprobable.
Cuando intervenimos y hacemos la queja correspon-
diente, estamos avanzando, porque en ocasiones, la
interlocución, la mediación, la queja y la denuncia ante
organismos correspondientes, sirven para paralizar este
tipo de comportamientos. En esta actividad, es vital uti-
lizar las herramientas y mecanismos de los que dispone-
mos y establecer lazos de coordinación y seguimiento.
Lamentamos que en muchos casos no hay respues-
ta por parte del medio de comunicación, en otros se
mantiene el rechazo de algunos empresarios, propieta-
rios de vivienda, inmobiliarias, discotecas, etc. Por ello,
consideramos imprescindible contar con un refuerzo
legislativo, dado que la eliminación de los actos discri-
minatorios, no puede dejarse solo en manos de la inter-
locución y sensibilización, porque cuando estas accio-
nes no generan un resultado positivo por la negativa del
agente discriminador, no podemos ayudar a la víctima
si los hechos no constituyen un delito. Es la razón por la
que consideramos necesario contar una Ley Integral de
Igualdad de Trato y no Discriminación.