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Discriminación y Comunidad gitana 2015

8.

Zaragoza.

Acceso a bienes y servicios.

Discriminación directa

Días antes de las fiestas del Pilar (octubre 2014), una chica gitana fue a entrar a la tienda de hipermercado y el

agente de seguridad empezó a seguirla.

La víctima se paró y le pregunto al agente de seguridad por qué le seguía, a lo que éste contesto que era su

trabajo; ella le contesto que no la vigilara a ella sola, que tenía que vigilar a todo el mundo.

El agente le contesto que tenía que seguirla sobre todo a ella. La víctima se enfadó y le dijo que si le vigilaba por

ser gitana. El agente contesto que sí con rotundidad.

La víctima nos comunicó la queja pero no quiso denunciar al agente.

9.

Avilés.

Acceso a bienes y servicios.

Discriminación directa.

Una mujer gitana del municipio de Castrillón,

viuda, con un hijo menor a su cargo, estaba desempleada, no disponía de ingresos y se encontraba empadronada

en Mieres. De forma temporal residía en Castrillón. Inició los trámites precisos para solicitar el salario social básico

que el Principado de Asturias reconoce como derecho a personas sin recursos. Entre la documentación que debía

aportar se encontraba el modelo de solicitud donde se le requería un número de cuenta y una entidad bancaria en

la que el Principado pudiera realizar el ingreso de la citada prestación; y un fichero de acreedores.

La mujer acudió en marzo a una oficina de una entidad bancaria en Mieres, para abrir una cuenta corriente, pero

no se lo permitieron por no poder justificar que disponía de ingresos.

La mujer nos trasladó que no entendía por qué no le había permitido abrir una cuenta, se sintió discriminada pues

al solicitar información al respecto no le dijeron.

10.

Asturias.

Acceso a bienes y servicios.

Discriminación directa.

Una mujer gitana informó de que en un centro

comercial se había sentido perseguida por el agente de seguridad. Hasta que no salió del lugar no dejaron de

perseguirla.

La mujer nos explicó que no era la primera que le pasaba, y que consideraba que la perseguían por ser gitana y

porque pensaban que entraba allí para robar.

Desea que conste este hecho y se visibilice esta realidad, pero no quiere llevar a cabo actuaciones contra ese

centro comercial.

11.

Ciudad Real.

Acceso a bienes y servicios.

Orden de discriminar.

El sábado día 08/11/2014 sobre las 04:45h

acudieron 5 chicos todos mayores de edad (3 de ellos Gitanos, y 2 No Gitanos) a la Discoteca Sión situada en

la Calle Pasaje de San Vicente Ferrer, 1 en la localidad de Ciudad Real. Al querer pasar, el portero se dirigió a ellos

diciéndoles que no podían pasar. Los chicos preguntaron la razón y les contestaron que era porque hacía unos

días, un gitano se fumó un porro dentro de la discoteca.

Los jóvenes le contestaron que ninguno de ellos tenía nada que ver con lo sucedido. Uno de los porteros dijo

que lo sentía mucho pero que tenía órdenes de no dejar entrar a gitanos. Los chicos pidieron una hoja de recla-

maciones y al no querer entregársela, llamaron a la policía. La policía se personó, y les volvieron a repetir lo mismo,

que no los dejaban entrar por ser gitanos. La policía recriminó a los porteros de la discoteca y les explicó que

estaban cometiendo un delito, e hicieron un atestado.

Los chicos les dijeron a la policía que aunque les dejaran entrar querían la hoja de reclamaciones. La rellenaron

pero el responsable de la discoteca no la firmó ni la selló.